Los apartamentos turísticos son un nuevo fenómeno en expansión no exento de problemas. En poco más de dos años los alojamientos de este tipo casi se han duplicado. Ya en 2016, los datos apuntaron un hecho inédito: las plazas de las viviendas vacacionales superaron por primera vez a las de hoteles en 22 ciudades españolas, según un estudio de Exceltur, la patronal del sector. En concreto, el año pasado se registraron 362.493 plazas en pisos turísticos frente a las 330.258 de los hoteles, es decir un 9,7% más. Pero lo que puede ser un negocio en alza y en pleno desarrollo también está generando nuevos problemas en las comunidades de propietarios. De hecho, un estudio de Mutua de Propietarios y la Cátedra de Vivienda de la Universidad Rovira y Virgili de Tarragona, destaca que aparte de las clásicas inquietudes de los vecinos (mantenimiento del edificio, ruidos y otras molestias, derramas…), los pisos turísticos cada vez preocupan más a los españoles. Es una inquietud para el 7%,un porcentaje que se eleva muchísimo donde proliferan este tipo de viviendas: por ejemplo, en Baleares (17%) y en Cataluña (13%). Fiestas nocturnas, suciedad, mal uso y desgaste de zonas comunes, inseguridad de quién entra y sale de la finca, de quién dispone de las llaves del portal… son las quejas más habituales de los vecinos sobre los turistas que usan estas viviendas, indica la presidenta del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid), Manuela Julia Martínez Torres.

Se debe aprobar por unanimidad

Mientras cada región legisla este nuevo fenómeno, las comunidades de propietarios se sienten atadas de pies y manos. Si bien la ley les otorga la oportunidad de prohibir el uso turístico de cualquier vivienda del edificio, en la práctica es algo imposible de acometer. «Todos los edificios construidos, con comunidad de propietarios que ya tengan sus estatutos no pueden hacerlo en realidad, porque se requiere de un acuerdo unánime, es decir el cien por cien de los vecinos debe votar en contra de destinar cualquier vivienda al alquiler turístico, y si ya existen siempre se negarán los propietarios de los apartamentos turísticos. Por tanto, no existirá la unanimidad», explica Martínez Torres. Y en esa situación se encuentran la mayor parte de las edificaciones con este tipo de viviendas, «en la almendra central de Madrid, en el centro de Barcelona, Bilbao…», concreta Martínez Torres. Quienes sí podrán establecer esta prohibición en sus estatutos son las nuevas comunidades de propietarios que se establezcan en las edificaciones que se construyen ahora. Un documento elaborado por un grupo de abogados de Legálitas coincide con esta interpretación y explica que «la junta de propietarios podría imponer la prohibición de dedicar los pisos al alojamiento turístico, siempre y cuando lo hiciera por unanimidad, incluyéndolo en los estatutos e inscribiéndolo en el Registro de la Propiedad, para que tuviera efectos frente a posibles compradores de pisos del edificio».

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