El Ayuntamiento de Quart de Poblet ha abierto el plazo para solicitar las ayudas para la instalación de ascensores y la rehabilitación de fachadas, cubiertas y bajantes en fincas antiguas. Los vecinos y vecinas, que podrán presentar la documentación hasta el 31 de octubre, pueden encontrar las bases en este enlace de la web municipal o en el tablón de anuncios del Consistorio.

En total, se ha destinado un presupuesto de 27.000 euros, 15.000 euros para la partida de ascensores y 12.000 euros para la de fachadas. Cada vivienda podrá aspirar a recibir un 10% del total de la obra, con un máximo de 5.000 euros en el primer caso y de 2.500 en el segundo.

Además, con el fin de fomentar la economía y el empleo local, en el caso de que la instalación o reforma de los ascensores haya sido realizado por una empresa de Quart de Poblet, la cuantía otorgada podrá verse incrementada en un 10%.

La subvención para los ascensores, que beneficiará a fincas antiguas de mínimo nueve metros, abarca la instalación por primera vez, así como la reforma o ampliación para adecuarse a la normativa de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas en viviendas y edificios. En cuanto a la subvención para la rehabilitación de fachadas, la podrán solicitar edificios de mínimo 30 años.

En ambos casos, las viviendas unifamiliares y los edificios de uso exclusivamente no residencial están excluidos de estas ayudas.

Para solicitar estas ayudas, es imprescindible que todos los vecinos y vecinas se encuentren al corriente del pago las obligaciones tributarias derivadas del inmueble.

Por otra parte, cabe recordar que quienes se acojan a esta subvención no podrán hacerlo ya a las ayudas en materia de vivienda, en el marco del convenio de colaboración financiera para el desarrollo en la Comunidad Valenciana del Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria y la Regeneración y Renovación Urbanas 2013-2016, desarrollado por la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente.

En este caso, las beneficiarias son comunidades de propietarios de edificios residenciales y viviendas unifamiliares, cuya construcción sea anterior al año 1981 y que estén incluidos en el ámbito delimitado por la subvención, que se corresponde con la zona oeste o «eixample» del municipio, de acuerdo con las bases, que se ajustan a lo exigido por el plan estatal. La solicitud se puede presentar hasta el 22 de julio.

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