Un decreto considera la ocupación un delito menor de allanamiento de morada y se agilizan los trámites
La Fiscalía Provincial de Valencia ha aprobado desalojos exprés de «okupas» al tratarlos como «un delito menos grave de allanamiento de morada», por lo que su decreto permite el «desalojo inmediato de la vivienda por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado».
La nueva norma buscar unificar los criterios de actuación frente a la ocupación ilegal de inmuebles sin violencia o intimidación, por considerar que se trata de «un problema actual que afecta a la ciudadanía».
Según ha informado en un comunicado, el decreto dictado por el fiscal jefe establece que si el inmueble ocupado constituye morada, los y las fiscales «instarán la adopción inmediata, como medida cautelar, del desalojo inmediato y la restitución de la posesión con carácter cautelar al morador».
«Urgencia y necesidad»
Según el Ministerio Público, al tratarse de un delito menos grave y afectar de forma clara y directa a un derecho fundamental ( inviolabilidad del domicilio) concurrirán los presupuestos de urgencia, necesidad y proporcionalidad de la medida.
Asimismo, indica que serán los fiscales quienes deben instar que se haya comprobado previamente la titularidad del inmueble, la falta de autorización y la ausencia de título legítimo de ocupación.
Lo mismo debe predicarse, según el decreto, para el supuesto de la ocupación ilegal del domicilio de una persona jurídica y de un establecimiento abierto al público fuera de las horas de apertura.
Asimismo, se añade que cuando se soliciten el desalojo del inmueble y se observe una situación de especial vulnerabilidad en las personas que lo ocupan, los y las fiscales pondrán los hechos en conocimiento de los Servicios Sociales para que estos adopten las medidas oportunas para su protección.
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