Las ocupaciones ilegales de viviendas se han incrementado ante la situación económica actual, siendo Barcelona la ciudad más afectada por esta práctica, que supone un gran quebradero de cabeza para el propietario de la vivienda.
Además, si esta vivienda está en un edificio o una comunidad de vecinos, estos también pueden verse afectados por los ruidos, las prácticas o actividades molestas que estos lleven a cabo en la vivienda.
A la hora de actuar para poner fin a esta situación, el proceso a llevar a cabo es largo y lento, proceso que conlleva unos costes para el propietario de la vivienda y en el que la comunidad de vecinos puede tomar protagonismo en algunos casos.
¿Qué puede hacer el administrador de fincas?

El administrador de fincas es un profesional que se encarga de gestionar los asuntos y problemas que puedan surgir en una comunidad de vecinos, con el objetivo de proceder al mantenimiento y la buena gestión económica de la comunidad.

La figura del administrador de fincas está regulada en el Artículo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal. Entre las funciones del administrador, están las siguientes: 

  1. Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios, y hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares.
  2. Preparar con la debida antelación y someter a la Junta el plan de gastos previsibles, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos.
  3. Atender a la conservación y entretenimiento de la casa, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al presidente o, en su caso, a los propietarios.
  4. Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes.
  5. Actuar, en su caso, como secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad.
  6. Todas las demás atribuciones que se confieran por la Junta.

Así, ante una ocupación ilegal que se produzca en el edificio, es muy recomendable que la comunidad de vecinos cuente con un administrador de fincas que asesore y ayude en las gestiones de la ocupación ilegal.

Además, aunque la denuncia por okupación y el inicio de los trámites para desalojar a los okupas lo tiene que llevar a cabo el propietario del inmueble, la comunidad de vecinos puede actuar también en caso de que los okupas estén realizando actividades molestas que les afecten. En este caso, el administrador de fincas también puede ayudar a los vecinos y asesorarles.

De hecho, el administrador de fincas, que debe conocer la legislación referente a las ocupaciones ilegales, puede poner la denuncia en caso de que persistan las actividades molestas, al igual que el presidente de la comunidad, algo recomendable si este último no conoce bien los procedimientos para hacerlo.

 

Fuente: www.20minutos.es

Fuente imagen: www.20minutos.es

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