El magistrado del juzgado de primera instancia número 35 de Madrid ha denegado el establecimiento de una plataforma elevadora en una comunidad de propietarios de Villaverde Alto destinada a un menor de cinco años con parálisis cerebral y un 87 por ciento de discapacidad. Así, en la sentencia interpuesta por los padres del niño en la que denunciaban a la comunidad por negarse a poner la plataforma, el juez alega que en la finca «existe un paso alternativo, que con las obras pertinentes deberá cumplir el tránsito de personas con discapacidad«. Tal y como explica la familia del menor –con lesiones cerebrales, de ceguera, sin movilidad y en situación de dependencia total– en una primera junta se aprobó la instalación de dicha plataforma. Tras el acuerdo, se realizó una encuesta promovida por el administrador y los vocales de la finca y los vecinos votaron impermeabilizar el garaje en lugar de colocar el salvaescaleras. Según la madre del menor, las obras que quieren realizar en el garaje tendrían un coste de 30.000 euros, mientras que la plataforma elevadora supone un gasto de 7.000 euros. Este hecho ya fue denunciado por la familia hace tres años. Perdieron la demanda, por lo que recurrieron hasta en dos ocasiones. La última sentencia también ha sido favorable a la comunidad, alegando el juez que deberán pasar –tras las obras de adecuación pertinentes– por un paso de más de 200 metros (del cual una parte está sin pavimentar) que bordea todo el edificio para entrar al mismo por la parte posterior.
Fuente: lainformacion.com
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