La mujer tiene prohibido acercarse a menos de cien metros del residencial para evitar futuros conflictos con los propietarios

Un Juzgado de Instrucción número 3 de Orihuela ha acordado el desalojo de una mujer de una vivienda en un complejo residencial de Orihuela Costa que okupaba sin consentimiento del dueño, que había fallecido, en un procedimiento iniciado a instancias de la comunidad de propietarios. Así consta en un auto consultado en el que la magistrada acuerda esta medida cautelar dentro de una causa incoada por un delito de usurpación y falsedad documental y, por tanto, antes del juicio. La mujer que okupaba la vivienda también tiene prohibido acercarse a menos de cien metros del residencial para evitar futuros conflictos con la comunidad de propietarios. En caso de incumplimiento, se le advierte de que podría incurrir en un delito de desobediencia y se le podrían adoptar otras medidas más restrictivas. En la resolución, la jueza daba un plazo máximo para el desalojo de la investigada de 48 horas a partir de la notificación persona a la investigada por parte de la Policía Local de Orihuela Costa o de la Guardia Civil. En este caso, según consta en la resolución, la investigada reconoció que okupaba un inmueble sin consentimiento del titular de la vivienda, fallecido, y que había formalizado un contrato de arrendamiento con una persona en el que constaba la firma del dueño. Por todo ello, la jueza considera que los hechos pueden ser constitutivos de un delito de falsedad documental y uno leve de usurpación. Es novedoso que sea la comunidad de propietarios la que inste el procedimiento judicial y, con su resolución, la juez sienta un «precedente importante» para el desalojo de okupas previo al juicio y «suple un vacío legal referido a la legitimación para intentar la acción cautelar de desalojo por parte de una comunidad de propietarios». «La consideración de la comunidad de propietarios como perjudicada por la ocupación de la vivienda en ausencia de su propietario -en este caso había fallecido-, constituye una novedosa tendencia jurídica que puede extenderse a numerosos supuestos similares en los que se plantea idéntico problema», ha apuntado el despacho. Fuente: https: lasprovincias.es Fuente imagen: lasprovincias.es

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