El 29 de febrero finaliza el plazo para presentar el Modelo 347 ante la Agencia Tributaria, donde deben reflejarse los pagos realizados a electricistas, albañiles, fontaneros o empresas de ascensores, entre otros profesionales, siempre que en conjunto superen los 3.005,06 euros. Y hay que hacerlo bien porque de lo contrario los vecinos pueden enfrentarse a una sanción. De hecho, aproximadamente el 20% de las comunidades de propietarios que no están administradas por profesionales se podrían exponer a sanciones en el caso de desconocer o cumplimentar erróneamente el documento de declaración de operaciones con terceros cuando superen en conjunto esos poco más de 3.000 euros. Claro que el cálculo es de una parte interesada, el Colegio de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid).

Estiman que más de 100.000 comunidades de propietarios no están gestionadas por un administrador profesional. De no presentar la documentación, las sanciones consisten en multas de 20 euros por cada proveedor que no se haya reflejado en el modelo 347, con un mínimo de 300 euros y un máximo de 20.000 euros. Se trata de una medida destinada a perseguir el fraude fiscal, ya que los profesionales que reciben los pagos de las comunidades también deben reflejar las cuantías en sus declaraciones ante la Agencia Tributaria. «Cualquier desviación de importes en este cruce de datos será motivo de una inspección por parte de Hacienda», indica la presidenta de CAFMadrid, Manuela Martínez Torres, que apoya este tipo de iniciativas contra el fraude. Es el segundo año en el que se aplica esta nueva obligación fiscal, que excluye los gastos en suministros de agua, energía eléctrica y combustibles destinados al consumo comunitario, ni sobre seguros que aseguren bienes y derechos de zona y elementos comunes. Tampoco deben reflejarse los pagos por los que deben practicar retención a trabajadores o profesionales como al propio administrador de fincas, arquitectos, abogados, etcétera. La presidenta de CAFMadrid recuerda que no existe la posibilidad de presentar la documentación en papel, sino que hay que hacerlo online.

Fuente: 20minutos.es

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